
Enfermedad De Alto Riesgo

Disponible para seguros cuya fecha de vigencia sea anterior a abril de 2018.
Consiste en una ayuda monetaria, en caso de que el asegurado titular y/o su cónyuge incorporado al seguro que tiene asociado este beneficio, padezcan una enfermedad de alto riesgo. Las enfermedades o procedimientos considerados para la entrega de este beneficio son los siguientes:
- Cirugía a Corazón Abierto
- Colocación de Marcapaso Cardíaco Definitivo
- Cáncer Tratado con Radioterapia y/o Quimioterapia
- Cáncer Tratado Paliativamente
- Insuficiencia Renal Crónica Terminal que requiera Diálisis
Este beneficio puede ser solicitado, siempre que hayan transcurrido cinco años de vigencia del seguro asociado al beneficio, o desde la incorporación en el caso del cónyuge o sustituto, a la fecha de inicio del tratamiento.
Exclusiones:
· Si solicitas el beneficio para ti como asegurado titular, no podrá ser otorgado posteriormente a tu cónyuge o sustituto.
· Por otro lado, si el beneficio fue solicitado para tu cónyuge o sustituto primeramente, podrás realizar una solicitud para ti con posterioridad como asegurado titular, pudiendo optar sólo al 50% del monto que corresponda.
Planes que tienen asociado este Beneficio:
Planes que tienen asociado este Beneficio:
- Mutual Capital Garantizado
- Mutual Vida Entera
- Mutual Protección Familiar
- Mutual Familiar Flexible
- Unipersonal Temporal a 1 año
Para mayor información sobre las condiciones de otorgamiento de los Beneficios, revisa el Reglamento Anual de Beneficios Adicionales AQUÍ.
