
Oftalmológico

Consiste en una ayuda monetaria por la adquisición de lentes ópticos o de contacto bajo receta de un médico, técnico oftalmólogo u optómetra. Este beneficio se extiende al cónyuge o sustituto, hijos y cargas mayores incorporadas al seguro que mantiene asociada esta ayuda.
Este beneficio puede ser solicitado, siempre que hayan transcurrido 7 meses de vigencia del seguro asociado al beneficio o desde la incorporación del componente (cónyuge o sustituto, hijo/a, carga mayor), a la fecha de pago de los lentes.
Recuerda que el beneficio puede ser solicitado una vez por componente en un periodo de 365 días corridos.
Planes que tienen asociado este Beneficio:
Planes que tienen asociado este Beneficio:
- Mutual Mujer Protegida
- Mutual Protección Flexible
- Mutual Ahorro Educación Superior
- Mutual Inversión Segura
- Mutual Seguro Papá
- Mutual Protección Familiar
- Mutual Familiar Flexible
- Continuidad Call Center
- Mutual Ahorro Seguro
Para mayor información sobre las condiciones de otorgamiento de los Beneficios, revisa el Reglamento Anual de Beneficios Adicionales AQUÍ.
