Ingreso de Reclamaciones asociadas al Registro de Deuda Consolidada (REDEC)
La Ley N° 21.680 y la Norma de Carácter General N° 540 de la Comisión para el Mercado Financiero, garantiza a los deudores el ejercicio de los derechos de Actualización, Rectificación, Complementación y Cancelación (ARCC) respecto de la información contenida en el Registro de Deuda Consolidada (REDEC). Estos derechos son gratuitos e irrenunciables para todos los deudores.
Usted puede efectuar su presentación en cualquiera de nuestras sucursales y canales de contacto habituales, o bien, completando este formulario digital. Al ingresar su requerimiento, debe indicar la solicitud específica que desea y proporcionar los antecedentes que la fundamenten permitiéndonos realizar un análisis riguroso de su caso.
Conforme a la normativa vigente, disponemos de un plazo máximo de 15 días hábiles bancarios desde la recepción de su solicitud para resolverla y notificarle formalmente el resultado. Es importante que nos proporcione un medio de contacto válido y actualizado para estos efectos.
Una vez enviada su solicitud, el sistema le proporcionará un número de caso único.
Le informamos que, si usted no queda conforme con la resolución o no recibe respuesta dentro de plazo, podrá recurrir ante la Comisión para el Mercado Financiero.