Ayuda económica
El beneficio consiste en una ayuda monetaria en caso de que sufras alguna de las enfermedades mencionadas.
Las enfermedades o procedimientos considerados para la entrega de este beneficio son los siguientes
Este beneficio puede ser solicitado, siempre que hayan transcurrido cinco años de vigencia del seguro, o desde la incorporación del cónyuge o sustituto, a la fecha de inicio del tratamiento.
Exclusiones:
· Si solicitas el beneficio para ti como asegurado titular, no podrá ser otorgado posteriormente a tu cónyuge o sustituto.
· Por otro lado, si el beneficio fue solicitado para tu cónyuge o sustituto primeramente, podrás realizar una solicitud para ti con posterioridad como asegurado titular, pudiendo optar sólo al 50% del monto que corresponda.
Disponible para seguros cuya fecha de vigencia sea anterior a abril de 2018.
El beneficio consiste en una ayuda monetaria en caso de que sufras alguna de las enfermedades mencionadas.
Puedes solicitarlo ingresando a Mi Portal Mutual.
Beneficios